• Reconocimiento de la Colonia por su antigüedad (1926) y singularidad urbanística.
  • Existencia de una masa arbórea antigua que proporciona calidad de vida y medioambiental.
  • Necesidad de conocer el Informe Técnico que ha justificado el inicio de la tala y la calificación de los árboles como “enfermos”; justificación de los árboles “peligrosos”.
  • Exigencia de los vecinos de la Colonia en mantener la calidad medioambiental y, por tanto, de elaborar un Plan de Mantenimiento y Regeneración del arbolado.
  • Aplicación de la normativa existente en la CAM y el Municipio: Ley de Protección y Fomento del Arbolado Urbano, Ordenanza de Protección Ambiental, firma del Pacto de Alcaldes por el Clima y la Energía.
  • Aplicación de la Ley de Accesibilidad conforme a las características físicas y urbanísticas propias de la Colonia; calles de convivencia, compatibles con el uso de facto del tipo S-28 de calles de prioridad peatonal.
  • Utilización prácticamente exclusiva, en el uso diario, de la calzada por los vecinos y el personal de la Residencia Don Orione y de las cuatro Residencias de Mayores existentes en la Colonia.
  • Realización de talas puntuales anteriores (a peticiones puntuales de vecinos) sin que se hayan realizado actuaciones urbanísticas consecuentes para mejorar la accesibilidad.
  • Existencia de otros elementos físicos en aceras (badenes, postes telefónicos, señales de tráfico…) que hacen inviable la aplicación estricta de la Ley de Accesibilidad.
  • Alta sensibilización de la mayoría de los vecinos de la Colonia en el tema medioambiental; conveniencia de dar respuesta adecuada (medioambiental y urbanística) y, a ser posible, encauzada y coordinada a través de la Asociación de la Colonia.
  • Invitación a la Alcaldesa y la Corporación municipal a visitar la Colonia para conocer de primera mano su realidad y sus peculiaridades.